Estacioneros de servicio advierten que el impuesto Yeza al combustible es inconstitucional y presentan medida en la justicia
En Pinamar, en tanto, el aumento producto de la implementación de esta tasa para los turistas y locales será : 2 por ciento del precio libre de impuestos por cada litro o fracción expendido.
Para contrarrestar la medida, desde la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) se hicieron presentaciones en los municipios presentando una nota con los argumentos y un dictamen del estudio del Dr. Daniel Sabsay para impugnar el pago.
Los empresarios aseguran que la aplicación de la Tasa Vial resulta inconstitucional, ya que a pesar de su nombre, es un verdadero impuesto sobre los combustibles generado y aplicado por un municipio, soslayando por completo la normativa superior, vigente que prohíbe la aplicación de tales impuestos.
“Estamos hablando de la ley 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales y la Ley 24.130, ratificó la vigencia del Decreto Ley 505/58 y el acuerdo celebrado entre el Gobierno Nacional y las Provincias el 12/08/1992, confirmando la obligación de las provincias, entre ellas, la de Buenos Aires y por ende, de los municipios existentes en ella, de no establecer gravámenes locales análogos sobre impuestos coparticipables”, explicaron.
Ante ello, FECRA solicitó a las autoridades la derogación de dicha aprobación ya que sólo se trataría de un impuesto que afecta directamente a las Estaciones de Servicio del partido y a todos los consumidores.