La Frontera: «El municipio usa excusas para no tocar a ciertos sectores», denunció Martín Porretti

El abogado y dirigente político cuestionó la falta de previsión del gobierno local ante el caos en la zona norte y desmintió el argumento oficial de que no pueden intervenir por tratarse de un «predio privado».
PINAMAR – La reciente ordenanza aprobada para regular el tránsito y la seguridad en la zona de «La Frontera» sigue generando fuertes repercusiones en el arco político local. En una entrevista reciente con Pinamardiario Streaming, el abogado y dirigente Martín Porretti lanzó duras críticas contra la gestión municipal, calificando las medidas de «insuficientes» y cuestionando la voluntad real del Ejecutivo para controlar los delitos que allí ocurren.
«Corriendo detrás del problema»
Para Porretti, la reacción del municipio llega tarde y de manera improvisada. «¿Por qué no lo hicieron antes? Siempre estamos corriendo detrás del problema en lugar de anticiparnos», señaló el dirigente. Según su visión, un tema de tal complejidad técnica y social debería haberse trabajado con antelación durante todo el año y no mediante una sesión extraordinaria sacada «de golpe» ante la presión del inicio de temporada.
El debate legal: ¿Es un predio privado inaccesible?
Uno de los puntos más polémicos de las declaraciones de Porretti fue la refutación del argumento utilizado por funcionarios municipales, quienes sostienen que la jurisdicción local está limitada por ser propiedad privada.
«Escuchaba a [Sebastián] Montes decir que es un predio privado y no se pueden meter. Eso es mentira», sentenció el abogado. Para ejemplificar su postura, comparó la situación con la lucha contra las usurpaciones:
«Cuando alguien intenta construir sin título, la municipalidad ejerce el poder de policía, se mete en el terreno y tira abajo la construcción sin importar si hay denuncia del titular o no. ¿Ahí sí pueden entrar y en La Frontera no?»
Conducción temeraria y el deber del Intendente
Porretti fue más allá y recordó que la realización de picadas y la conducción temeraria están tipificadas en el Artículo 193 bis del Código Penal. En este sentido, subrayó que el Intendente, como jefe comunal, tiene la obligación de coordinar con la policía operativos preventivos si sabe que se va a cometer un delito.
«Está expresamente prohibido poner en peligro la vida propia y la de terceros. Si sabés que se están cometiendo delitos, tenés el deber de intervenir», explicó.
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La contradicción de la estación de servicio
Finalmente, el dirigente opositor calificó de «contradictorio» el discurso oficial frente a los hechos concretos en el territorio. Para Porretti, la instalación de servicios en la zona de conflicto desactiva cualquier mensaje de control.
«Me decís que querés combatir las picadas, pero les ponés una estación de servicio en la playa. Lo que veo son excusas para no tocar a esa gente», concluyó de forma tajante, dejando entrever que existe una falta de voluntad política para ordenar definitivamente el sector más conflictivo de la costa pinamarense.
