Venta ambulante en Pinamar vendedores de Madariaga podrán renovar permisos de forma provisoria

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El ámbito legislativo local analiza por estos días un proyecto de ordenanza integral destinado a unificar, ordenar y transparentar la actividad comercial en las playas del distrito. La iniciativa busca compatibilizar el uso recreativo y turístico del espacio público con la generación de fuentes laborales legítimas para los habitantes de la zona, estableciendo pautas claras de adjudicación y fiscalización para las próximas temporadas.

​Uno de los ejes centrales de la propuesta normativa es la exigencia estricta sobre los domicilios y la radicación de quienes deseen comercializar en la costa. En cuanto a las personas humanas, el proyecto determina que el ejercicio material de la venta ambulante queda reservado exclusivamente a quienes acrediten residencia efectiva y continua en el Partido de Pinamar.

Este requisito de radicación local debe cumplirse al momento de la inscripción y mantenerse durante toda la vigencia del permiso. Como única salvedad para las personas humanas, se contempla una excepción transitoria y personal para la renovación anual destinada a aquellos permisionarios que hayan sido titulares en la temporada inmediata anterior y acrediten residencia efectiva y continua en el Partido de General Juan Madariaga, sin que esto último habilite el acceso a nuevos permisos, cambios de rubro o transferencias.

Por su parte, en lo que respecta a las personas jurídicas que participen en los rubros habilitados para tal fin, la normativa exige que acrediten de manera excluyente domicilio legal, fiscal y establecimiento principal dentro del Partido de Pinamar, debiendo cumplir también todo su personal afectado a la explotación con el requisito de residencia local.

​La propuesta también detalla un esquema diferenciado según el tipo de actividad comercial. Por un lado, somete a un régimen de licitación pública la explotación de rubros alimenticios masivos como helados, churros y medialunas. Por otro lado, establece cupos fijos para el régimen especial de choclos, pochoclos, chipá y açaí, además de fijar un límite máximo de ciento setenta permisos para diversos rubros no alimenticios de carácter artesanal y utilitario.

​Asimismo, el texto proyectado incorpora herramientas modernas de control y transparencia, como la obligatoriedad de exhibir un código QR individual vinculado al Registro Municipal de Permisionarios, la exigencia de capacitaciones anuales gratuitas obligatorias en materia bromatológica y de seguridad, y la implementación de un sistema de puntaje objetivo para la adjudicación de vacantes que valora la antigüedad de residencia, el sello de producción local y la situación de personas con discapacidad.

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