La justicia ordenó el freno a cualquier obra del proyecto de Cariló Golf, en un fallo contra el municipio
El Foro Amigos de Cariló emitió este viernes un comunicado oficial respecto de la decisión de la suprema corte de La Provincia de Buenos Aires sobre la presentación judicial en contra de la obra de Cariló Golf .
Viernes 12 de Julio de 2024 a nuestros socios
El presente comunicado, dirigido habitantes de Partido de Pinamar, vecinos, propietarios tiene por objeto informarles del estado de situación del juicio que lleva adelante el Foro de Amigos de Cariló contra la Municipalidad de Pinamar con motivo del proyecto de construcción de un «Polo de servicios Premium» (Hotel 5 estrellas y 12 casas de alquiler) que se pretende emplazar en el predio del Campo de Golf de la localidad de Parque
Cariló, litigio que tramita ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA).
1 Este Foro cuestionó por ante la SCBA la autorización otorgada por la Ordenanza No6087/21 sancionada por el HCD de Pinamar y promulgada por el entonces intendente Sr. Martín Yeza para la construcción del emprendimiento
2 La SCBA ha notificado en el día de la fecha el acogimiento de la medida cautelar solicitada, con suspensión de los efectos de lo aprobado por el HCD de Pinamar, al considerar verosímil que la aprobación del proyecto podría provocar perjuicios ambientales en nuestro amado Parque Cariló, dado que no se ha sustanciado un procedimiento de evaluación de impacto ambiental previo del modo que las leyes lo establecen, y además omitiendo la
intervención de las autoridades provinciales.
3 Este Foro viene planteado desde hace tiempo que la Municipalidad de Pinamar no tiene una competencia antojadiza e irrestricta en la gobernanza del Paisaje Protegido de Interés Provincial para hacer lo que plazca a unos pocos y que el Consejo Asesor no puede ser un ámbito de refrendos
al margen de la normativa aplicable.
4 La necesaria intervención de la autoridad de aplicación ambiental provincial dispuesta por la ley marco de Paisaje Protegido N12.704 y su reglamentación, fue en este caso la garantía para que ello no ocurra, de acuerdo al planteo exitoso de los letrados especializados contratados.
5 La SCBA ha ordenado la suspensión de los efectos de la ordenanza 6087/21 y la paralización de cualquier trabajo o actividad que suponga la construcción del Polo Premium en el predio del Cariló Golf S.A., hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el juicio.
6) Para así decidir, el Tribunal consideró que la Ley marco de Paisaje Protegido N12.704 aplica también a «los paisajes protegidos declarados por ley especial con anterioridad a la vigencia de la ley marco que deberán regirse por esta norma y su reglamentación», siendo este último aspecto negado por la Municipalidad de Pinamar, que interpreta a su antojo y aviesamente la Ordenanza N 3361 reglamentaria de la Ley 12099, y que ahora también se pretende modificar, por considerarla «muy restrictiva»
Esto es solo el inicio de un largo camino y una tenaz y persistente lucha por la legalidad, la defensa de la propiedad privada y los derechos de incidencia colectiva que estamos dispuestos a dar, convocando a todos ustedes a sumarse y a participar desde el lugar que gusten y en la medida de sus posibilidades, para intentar resolver los múltiples y viejos problemas que tiene nuestro querido Parque Cariló, de los cuales los informaremos en futuros comunicados.
FORO AMIGOS DE CARILO
Asociación civil sin fines de lucro
Personería Jurídica Nro. 7852